Convocatoria pública para la ejecución del programa “prevención de las violencias de género “para la comuna de viña del mar en la región de Valparaíso 2024
El Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, realiza el llamado para la Convocatoria Pública para la ejecución del Programa del programa “prevención de las violencias de género“ para la comuna de viña del mar en la región de Valparaíso, año 2024.
Quienes deseen participar y cumplan con los requisitos técnicos, legales y reglamentarios establecidos para la ejecución de este programa pueden revisar a continuación las Bases Administrativas y Técnicas, además de los anexos de esta Convocatoria.
1.En cuanto al «Certificado de vigencia de la sociedad emitido por el Conservador de Comercio correspondiente o por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (Registro de Empresas y Sociedades) u otro similar, según corresponda su forma de constitución y dependiendo de la naturaleza jurídica del postulante. Dicho certificado no deberá tener una antigüedad superior a treinta (30) días contados desde la fecha de apertura de la presente convocatoria pública”.
Para las instituciones sin fines de lucro el certificado de vigencia lo entrega ahora el registro civil, este será aceptado como equivalente, por la naturaleza de la sociedad.
RESPUESTA:
Respecto del certificado de vigencia, si el otorgante es el Registro Civil y corresponde a la naturaleza de la entidad postulante, lo importante es que cumpla con la vigencia y que acredite efectivamente que se encuentra vigente.
2.Se puede tener una dirección de programa en la comuna de Valparaíso, si el programa se va ejecutar en Viña del Mar, entendiendo que la encargada territorial desarrollará su intervención en las organizaciones sociales y educacionales. Y la dirección del programa es donde la encargada territorial tendrá su espacio para trabajo administrativo y preparación de material, sin perjuicio de lo anterior, la encargada territorial se puede insertar en las reuniones técnicas de los distintos programas de SernamEG que se requieran.
RESPUESTA:
Por cobertura y localización, el programa debe tener sus instalaciones en la comuna donde se ejecuta. El lugar físico donde está instalado no es solo para temas administrativos, se espera sea un lugar de encuentro para realizar reuniones, capacitaciones, entre otras.
3.En el caso de las ONG con la contratación de servicio a honorarios, el certificado a presentar seria el consolidado del formulario 29 del año 2023 de la ONG? en vez del «Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, emitido por la Dirección del Trabajo o por entidad acreditadora del cumplimiento de dichas obligaciones que se encuentre validada, dentro de los últimos 30 días a la fecha de presentación de la propuesta. Se excluirá del cumplimiento de este requisito a las instituciones públicas, entendiendo por tales aquellas que forman parte de la Administración del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° inciso segundo del D.F.L. N°1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.»
RESPUESTA:
Corresponde al Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, (formulario F-30) que permite acreditar que un empleador o empleadora ha cumplido con las obligaciones laborales y previsionales que tiene con sus trabajadores y trabajadoras, incluidas las eventuales indemnizaciones legales asociadas al término de la relación laboral. Si no tienen ese tipo de obligaciones, resultará sin incumplimiento.
MANUAL DE RENDICIONES DE CUENTAS 2022
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